Artículo 12. Publicidad.
Artículo 12 del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos. · BOE-A-2023-19027
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-09-07.
Texto consolidado
1. La composición de las comisiones será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado», incluidos los casos en que se produzca su modificación.
2. Para garantizar la transparencia y objetividad en la designación de los miembros de las comisiones, ANECA publicará el contenido de los currículos de sus miembros. El currículo breve, cuyo modelo será facilitado por ANECA, comprenderá el nombre y los apellidos, la institución en la que desarrolla su actividad principal, el puesto que desempeña y la información relativa a los apartados del anexo sobre méritos y competencias evaluables.
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- Ver la norma completa: Real Decreto 678/2023, de 18 de julio, por el que se regula la acreditación estatal para el acceso a los cuerpos docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso a plazas de dichos cuerpos.