Artículo 12. Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad.
Artículo 12 del Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales. · BOE-A-2018-7575
Atención: Real Decreto 355/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Corresponde al Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad la coordinación de los asuntos de relevancia constitucional, la preparación, desarrollo y seguimiento del programa legislativo, el apoyo inmediato a la Presidencia del Gobierno, la asistencia al Consejo de Ministros, a las Comisiones Delegadas del Gobierno, a la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios y, en particular, al Gobierno en sus relaciones con las Cortes Generales.
2. Asimismo corresponde al Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad la dirección de las políticas dirigidas a hacer real y efectiva la igualdad entre mujeres y hombres y la erradicación de toda forma de discriminación.
3. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
a) La Secretaría de Estado de Relaciones con las Cortes.
b) La Secretaría de Estado de Igualdad.