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Real Decreto Anulada

Artículo 12. Funciones.

Artículo 12 del Real Decreto 253/2011, de 28 de febrero, sobre régimen jurídico de los Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles adscritos a la Dirección General de los Registros y del Notariado. · BOE-A-2011-5393

Atención: Real Decreto 253/2011 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En las materias cuya competencia corresponda a la Dirección General de los Registros y del Notariado, los Notarios y Registradores adscritos colaborarán de acuerdo con la distribución de funciones que establezca el titular del Centro Directivo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-03-26.

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