Artículo 12.
Artículo 12 del Real Decreto 195/1989, de 17 de febrero, por el que se establecen los requisitos y procedimiento para solicitar ayudas para fines de interés social, derivadas de la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. · BOE-A-1989-4535
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-02-26.
Texto consolidado
El incumplimiento por parte de las Entidades de las obligaciones establecidas en el convenio-programa podrá determinar la no consideración de futuras solicitudes, en tanto no quede garantizada la eliminación de las causas que dieron lugar a tal incumplimiento.
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