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Orden Vigente

Artículo 12. Renuncia.

Artículo 12 de la Orden TED/439/2026, de 6 de mayo, por la que se regula el procedimiento para la concesión del Sello de gestión transparente del agua, en el ámbito de las demarcaciones hidrográficas intercomunitarias. · BOE-A-2026-9961

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-05-09.

Texto consolidado

1. Las personas físicas y jurídicas distinguidas podrán renunciar al Sello mediante comunicación dirigida a la Secretaría de Estado de Medio Ambiente a través del registro electrónico accesible a través de la sede electrónica asociada del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

2. La renuncia a la concesión del Sello supondrá la pérdida de las facultades derivadas de aquélla en los términos previstos en el artículo 13 de la presente orden.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-05-09.

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