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Orden Vigente

Artículo 12. Sobre las normas militares españolas.

Artículo 12 de la Orden PRE/2507/2010, de 23 de septiembre, por la que se aprueba el Reglamento de Normalización Militar de Materiales. · BOE-A-2010-14846

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-09-29.

Texto consolidado

Las normas militares españolas tenderán a cubrir las necesidades que requieran los artículos de abastecimiento, sistemas y servicios técnicos del Ministerio de Defensa

Las normas militares españolas son obligatorias en el ámbito de actuación del Ministerio de Defensa. Por ello, las autoridades encargadas de la adquisición, mantenimiento y utilización del material y servicios técnicos estarán obligadas a conocer su existencia y exigir su cumplimiento.

Los directores técnicos están obligados a exigir en los pliegos de prescripciones técnicas las normas militares que afecten al material que definen.

Este mandato sólo será de obligado cumplimiento para la Guardia Civil respecto al material que vaya adquirir como Servicio Gestor, de forma específica e independiente, para ser empleado en las operaciones militares en el exterior en las que vaya a participar en el cumplimiento del mandato previsto en el artículo 24 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional.

Las normas militares se revisarán tantas veces como lo demande su actualización y, como mínimo, cada tres años.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-09-29.

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