Artículo 12. Aportación de datos de las publicaciones editadas a la Secretaría de la Junta de Coordinación de Publicaciones Oficiales.
Artículo 12 de la Orden PRE/2418/2015, de 6 de noviembre, por la que se regula el número de identificación de las publicaciones oficiales. · BOE-A-2015-12401
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-11-18.
Texto consolidado
1. En el mismo plazo indicado en el artículo anterior, las unidades editoras, a través del Centro de Publicaciones del Departamento, remitirán por el sistema de gestión a la Secretaría de la Junta de Coordinación de Publicaciones Oficiales los datos definitivos de las publicaciones aparecidas.
2. En cualquier caso, la carga de datos revisados y definitivos en el sistema de gestión de las publicaciones correspondientes al programa editorial, de ámbito temporal anual, deberá quedar concluida con fecha límite el 31 de enero del ejercicio siguiente.
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- Ver la norma completa: Orden PRE/2418/2015, de 6 de noviembre, por la que se regula el número de identificación de las publicaciones oficiales.