Artículo 12. Solicitud de participación en la subasta.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-10-25.
Texto consolidado
1. La solicitud de participación en el mecanismo de subasta se dirigirá, mediante medios electrónicos, a la entidad administradora de la subasta, incluyendo la información que se detallará en la resolución del Secretario de Estado de Energía en la que se establezca el procedimiento y las reglas de la subasta.
2. Las solicitudes de participación en la subasta irán acompañadas de las garantías de participación en la misma según se establezca en referida resolución.
3. La entidad administradora de la subasta verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos en la resolución por la que se establece el procedimiento y las reglas de la subasta. Serán participantes calificados para participar en la subasta aquellos que cumplan dichos requisitos.
Más artículos de Orden IET/2212/2015
- ← Artículo 11. Entidad supervisora de la subasta.
- → Artículo 13. Desarrollo y resolución del procedimiento de subasta.
- Ver la norma completa: Orden IET/2212/2015, de 23 de octubre, por la que se regula el procedimiento de asignación del régimen retributivo específico en la convocatoria para nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de biomasa situadas en el sistema eléctrico peninsular y para instalaciones de tecnología eólica, convocada al amparo del Real Decreto 947/2015, de 16 de octubre, y se aprueban sus parámetros retributivos.