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Orden Derogada

Artículo 12. El Mando de Apoyo Logístico.

Artículo 12 de la Orden DEF/1629/2015, de 30 de julio, por la que se desarrolla la organización básica del Ejército del Aire. · BOE-A-2015-8764

Atención: Orden DEF/1629/2015 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Mando de Apoyo Logístico, del que dependerán funcionalmente las maestranzas aéreas y los centros logísticos del Ejército del Aire, se articula en:

a) La Jefatura.

b) La Dirección de Adquisiciones.

c) La Dirección de Sostenimiento y Apoyo Logístico Operativo.

d) La Dirección de Ingeniería e Infraestructuras.

2. La Dirección de Adquisiciones se articula en:

a) La Subdirección de Gestión Económica-Financiera, que será responsable de la gestión, administración y control de los diferentes recursos económicos- financieros necesarios para la adquisición de recursos materiales que no sean obtenidos de forma centralizada por otro organismo.

b) La Subdirección de Contratación, que será responsable de la gestión, administración y control de los contratos de adquisición de recursos materiales que no sean obtenidos de forma centralizada por otro organismo.

c) La Subdirección de Asistencia a la Contratación y Enajenaciones, que será responsable de desarrollar aquellas actividades de asistencia a la Subdirección de Contratación, en materia de selección del contratista y adjudicación de los contratos.

3. La Dirección de Sostenimiento y Apoyo Logístico Operativo se articula en:

a) La Subdirección de Gestión de Armamento y Material, que será responsable de la integración del apoyo logístico en lo relativo a gestión, administración, control y análisis en la materia de sostenimiento de todos los sistemas de armas, armamento y munición terrestre en su ejército durante su ciclo de vida.

b) La Subdirección de Abastecimiento, Transporte y Apoyo Logístico, que será responsable de la integración del apoyo logístico en lo relativo a gestión, administración, control y análisis en las materias de abastecimiento, excluida la adquisición, y de transporte terrestre, así como de prestar apoyo logístico operativo a las unidades.

4. La Dirección de Ingeniería e Infraestructuras se articula en:

a) La Subdirección de Ingeniería de Infraestructuras, que será responsable de las actividades relacionadas con la ingeniería aplicada a las obras, edificaciones e instalaciones que constituyen las infraestructuras del Ejercito del Aire y de la ejecución en materia de construcciones y obras, del mantenimiento y ordenación de las instalaciones, así como de los aspectos relacionados con la protección medioambiental.

b) La Subdirección de Ingeniería de Aviones de Transporte, Entrenadores y Helicópteros, que será responsable de las actividades relacionadas con la ingeniería aeronáutica aplicada a los sistemas de armas y demás medios incluidos dentro de su campo de actividad.

c) La Subdirección de Ingeniería de Aviones de Caza, que será responsable de las actividades relacionadas con la ingeniería aeronáutica aplicada a los sistemas de armas y demás medios incluidos dentro de su campo de actividad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-08-05.

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