Artículo 12. Errores máximos permitidos.
Artículo 12 de la Orden de 25 de abril de 1995 por la que se regula el control metrológico de los manómetros de uso público para neumáticos de los vehículos automóviles en sus fases de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica. · BOE-A-1995-11835
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Texto consolidado
Los errores máximos permitidos en la verificación periódica serán los que se establecen en el número 3 del anexo II de esta Orden.
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