Artículo 12.
Artículo 12 de la Orden de 21 de noviembre de 1996 por la que se reestructura la Comisión general de la entidad estatal de seguros Agrarios y se constituyen Comisiones Territoriales de Seguros Agrarios, estableciéndose su composición y funciones. · BOE-A-1996-28541
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-12-22.
Texto consolidado
Cuando el objeto de la reunión lo requiera, el Presidente, previo acuerdo con el Vicepresidente, podrá convocar a la sesión de la Comisión a expertos que la asistan en materia de su competencia, los cuales podrán intervenir con voz, pero sin voto.