Artículo 12. Interpretación en actos oficiales.
Artículo 12 de la Ley Foral 4/2020, de 27 de febrero, de Símbolos de Navarra. · BOE-A-2020-3355
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-03-05.
Texto consolidado
El himno de Navarra ha de ser interpretado al inicio o al final de aquellos actos oficiales de carácter público y especial significación organizados por las instituciones de la Comunidad Foral.