El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 12. Promoción de la actividad física y el deporte para todos.

Artículo 12 de la Ley 8/2015, de 24 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de la Región de Murcia. · BOE-A-2015-4749

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-16.

Texto consolidado

Los poderes públicos de la Región de Murcia deben promocionar la actividad física y el deporte para todos, especialmente para personas con discapacidad, personas mayores y grupos de población en riesgo de exclusión social, de acuerdo con los siguientes principios:

a) Todos los ciudadanos tienen derecho a practicar, conocer y participar en la actividad física y el deporte en igualdad de condiciones y sin discriminación.

b) La adaptación de la actividad física y el deporte a las necesidades de todos los colectivos de personas.

c) La oferta de actividades y programas deportivos con respeto a la diversidad, en atención a todos los sectores y ámbitos sociales.

d) La capacitación específica de los técnicos para la preparación de los deportistas con discapacidad y para otros colectivos con dificultades especiales.

e) La eliminación de barreras arquitectónicas que dificulten el acceso de las personas a las instalaciones o servicios deportivos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-04-16.

Más artículos de Ley 8/2015

En El Vínculo puedes leer Ley 8/2015 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.