Artículo 12. Definición.
Artículo 12 de la Ley 7/2014, de 26 de septiembre, de archivos y documentos de Galicia. · BOE-A-2014-10825
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-10-27.
Texto consolidado
Son archivos públicos los que recogen, custodian, comunican y difunden los documentos producidos y recibidos por los órganos y entidades públicas relacionados en el artículo 5 en el ejercicio de sus competencias.