Artículo 12. El patrimonio etnológico.
Artículo 12 de la Ley 5/2018, de 6 de marzo, de la Huerta de València. · BOE-A-2018-5394
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-03-13.
Texto consolidado
1. El patrimonio material etnológico está compuesto, con carácter general, por aquellos bienes materiales vinculados a tradiciones y costumbres de la huerta y en particular los calvarios, cruces, mojones de término y paneles cerámicos y chimeneas, así como los aperos y herramientas de labranza tradicionales.
2. El patrimonio inmaterial etnológico lo constituyen los jurados de riego, las costumbres generalmente transmitidas de manera oral y una gran variedad de manifestaciones folclóricas.