Artículo 12. Información.
Artículo 12 de la Ley 4/2025, de 1 de julio, del paisaje de La Rioja. · BOE-A-2025-14378
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-07-22.
Texto consolidado
La consejería autonómica competente en materia de paisaje podrá elaborar manuales y guías técnicas, con la finalidad de divulgar los valores de los paisajes de La Rioja, ofrecer orientaciones o recomendaciones para la integración paisajística de determinadas actuaciones y fomentar buenas prácticas de intervención paisajística. A este efecto, se proporcionará al público toda la información documental y gráfica de la que se disponga relativa a las unidades del paisaje y los paisajes relevantes.