Artículo 12. Cuota íntegra.
Artículo 12 de la Ley 4/2020, de 15 de octubre, del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales. · BOE-A-2020-12355
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-16.
Texto consolidado
La cuota íntegra será la cantidad resultante de aplicar a la base imponible el tipo impositivo.