Artículo 12. Tipología de recursos.
Artículo 12 de la Ley 4/2018, de 2 de julio, de ordenación y funcionamiento de la red de protección e inclusión a personas y familias en situación de mayor vulnerabilidad social o económica en Castilla y León. · BOE-A-2018-11415
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-07-11.
Texto consolidado
A los efectos de esta ley, los recursos de la Red, en función del tipo de necesidades a las que se pretende dar respuesta se clasifican en:
a) Recursos de protección y de atención a necesidades básicas de subsistencia.
b) Recursos de atención con acceso prioritario.
c) Otros recursos para la inclusión socio económica, laboral y/o tecnológica.
d) Recursos de prevención.
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