Artículo 12. Comisión de auditoría y control.
Artículo 12 de la Ley 4/2012, de 26 de abril, de medidas urgentes de racionalización del sector público empresarial. · BOE-A-2012-7257
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-05-11.
Texto consolidado
1. La Corporación Empresarial Pública de Aragón constituirá una comisión de auditoría y control, dependiente del consejo de administración, que estará integrada por tres miembros: un vocal del consejo de administración, un representante de la Intervención General de la Comunidad Autónoma de Aragón y un experto independiente.
2. La comisión de auditoría y control ejercerá las funciones previstas en la legislación mercantil sobre todas las empresas del grupo que, de acuerdo con la normativa aplicable, estén obligados a someter sus cuentas a auditoría.
Además, los estatutos sociales de la corporación podrán atribuir a dicha comisión otras funciones que se extenderán a todas las sociedades integradas en el grupo.