Artículo 12. Categorías de Espacios Naturales Protegidos.
Artículo 12 de la Ley 4/2003, de 26 de marzo, de Conservación de Espacios Naturales de La Rioja. · BOE-A-2003-7528
Atención: Ley 4/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En función de las características y valores de los recursos naturales a proteger, los Espacios Naturales Protegidos existentes en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja se clasificarán a través de alguna de las siguientes categorías:
a) Parques Naturales.
b) Reservas Naturales.
c) Monumentos Naturales.
d) Paisajes Protegidos.
e) Zonas Especiales de Conservación de Importancia Comunitaria.
f) Áreas Naturales Singulares.