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Ley Vigente

Artículo 12. Colaboración con otras instituciones.

Artículo 12 de la Ley 32/2010, de 1 de octubre, de la Autoridad Catalana de Protección de Datos. · BOE-A-2010-16136

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-10-28.

Texto consolidado

La Autoridad Catalana de Protección de Datos puede suscribir convenios de colaboración con el Síndic de Greuges, los síndicos locales, el Instituto de Estadística de Cataluña, las universidades y otras instituciones y organismos de defensa de los derechos de las personas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-10-28.

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