Artículo 12. Colaboración entre la Generalitat y las administraciones locales.
Artículo 12 de la Ley 3/2017, de 3 de febrero, para paliar y reducir la pobreza energética (electricidad, agua y gas) en la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2017-2422
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-02-10.
Texto consolidado
La Generalitat garantizará la financiación de las medidas contempladas en la presente ley en colaboración con las diputaciones y el resto de entidades locales.
La Generalitat y las administraciones locales establecerán los canales de colaboración y comunicación oportunos para el intercambio de información, gestión de expedientes y tramitación de los pagos, así como para el resto de actuaciones que conlleve el cumplimiento de las disposiciones de esta ley.
La Generalitat habilitará los medios tanto humanos como técnicos y económicos suficientes para dar cobertura al conjunto de las actuaciones derivadas de la aplicación de esta ley.