Artículo 12. Recurso cameral permanente.
Artículo 12 de la Ley 3/1993, de 22 de marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación. · BOE-A-1993-7730
Atención: Ley 3/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
(Derogado)
Se convierten a euros las cuantías contempladas en el apartado 1.a) y .c) por la Resolución 16/2001, de 29 de noviembre. Ref. BOE-A-2001-24240
Se modifican los apartados 1.b) y .c) por el art. 62 de la Ley 12/1996, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-1996-29116
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 5 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo..