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Ley Derogada 2 redacciones

Artículo 12.

Artículo 12 de la Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Publica de la Administración del Principado de Asturias. · BOE-A-1986-6539

Atención: Ley 3/1985 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Los órganos superiores en materia de función pública de la Administración del Principado se clasifican en decisorios y consultivos.

2. Son órganos decisorios:

a) El Presidente del Principado.

b) El Consejo de Gobierno.

c) El Consejero de la Presidencia.

d) El Consejero de Hacienda y Economía.

e) Los Consejeros, en el ámbito de sus respectivas Consejerias.

3. Es órgano consultivo la Comisión Superior de Personal.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1991-04-18.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1991-12092.

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