Artículo 12. Derechos de los destinatarios de la acción voluntaria.
Artículo 12 de la Ley 25/2015, de 30 de julio, del voluntariado y de fomento del asociacionismo. · BOE-A-2015-9726
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-08-27.
Texto consolidado
Los destinatarios de la acción voluntaria tienen los siguientes derechos:
a) Recibir una acción voluntaria que respete su dignidad e intimidad personal y familiar y sus convicciones políticas, religiosas o de cualquier tipo, evitando toda discriminación.
b) Disponer de información actualizada sobre los programas de las actuaciones que les afectan, previamente y en cualquier fase del proceso.
c) Conseguir la intervención de los responsables de las entidades de acción voluntaria de surgir conflictos con el voluntario.
d) Solicitar y obtener la sustitución del voluntario asignado si existen causas que lo justifiquen, o bien prescindir de la acción voluntaria bajo su responsabilidad.
e) Participar activamente en la evaluación de los programas de voluntariado de los que han sido beneficiarios.