Artículo 12.
Artículo 12 de la Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma de Mallorca. · BOE-A-2007-1896
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-31.
Texto consolidado
Los grupos municipales, en el seno del pleno y de las comisiones, pueden formular sugerencias, orientaciones y recomendaciones propias, de carácter general. Igualmente, cualquier grupo puede someter al pleno y a las comisiones propuestas de acuerdo sobre materias de su competencia. Reglamentariamente tendrá que regularse el procedimiento para ello.