El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 12. Derecho de los pacientes a recibir cuidados paliativos integrales y a la elección del domicilio para recibirlos.

Artículo 12 de la Ley 2/2010, de 8 de abril, de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de la muerte. · BOE-A-2010-8326

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-27.

Texto consolidado

1. Todas las personas en situación terminal o de agonía tienen derecho a recibir cuidados paliativos integrales de calidad.

2. Los pacientes en situación terminal o de agonía, si así lo desean, tienen derecho a que se les proporcionen en el domicilio que designen en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía los cuidados paliativos que precisen, siempre que no esté contraindicado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-05-27.

Más artículos de Ley 2/2010

En El Vínculo puedes leer Ley 2/2010 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.