Artículo 12. Carácter oficial de los resultados.
Artículo 12 de la Ley 2/2005, de 1 de marzo, de Estadística de La Rioja. · BOE-A-2005-4214
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-03-23.
Texto consolidado
Los resultados de las estadísticas de interés para la Comunidad Autónoma de La Rioja tendrán carácter oficial desde el momento en que se hagan públicos.