Artículo 12. Relaciones de los Senadores con las Cortes de Aragón.
Artículo 12 de la Ley 18/2003, de 11 de julio, sobre designación de Senadores en representación de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2003-17779
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-07-12.
Texto consolidado
1. Los Senadores designados podrán comparecer en la Comisión Institucional una vez al año, de acuerdo con el Presidente de las Cortes, para informar de las gestiones de interés para la Comunidad Autónoma de Aragón.
2. La mayoría de la Cámara, de acuerdo con su Presidente, podrá solicitar su comparecencia ante la Comisión Institucional cuando la importancia y transcendencia de los temas en relación con la Comunidad Autónoma así lo aconseje.