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Ley Derogada

Artículo 12.

Artículo 12 de la Ley 18/1996, de 27 de diciembre, de Relaciones con las Comunidades Catalanas del Exterior. · BOE-A-1997-2435

Atención: Ley 18/1996 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los miembros de las comunidades catalanas del exterior, a través de sus entidades, disfrutan de los siguientes servicios:

a) El acceso al patrimonio cultural catalán, y, concretamente, a las bibliotecas, archivos, museos y otros recursos y bienes culturales e instituciones de difusión cultural, en las mismas condiciones que los ciudadanos y ciudadanas residentes en Cataluña.

b) El acceso a los servicios de carácter social, lúdico y deportivo, de titularidad o gestión de la Generalidad, especialmente los destinados a la juventud o a la tercera edad, en las mismas condiciones que las personas residentes en Cataluña.

c) El conocimiento y estudio de la lengua y cultura catalanas. A estos efectos, dentro de las disponibilidades presupuestarias, el Gobierno de la Generalidad ha de facilitar los recursos adecuados para la organización de cursos de lengua, historia y cultura catalanas.

d) La colaboración en el impulso de las actividades culturales y los espectáculos orientados a preservar y fomentar la lengua y cultura catalanas.

e) La información sobre la realidad social básica catalana, mediante la publicación de prensa dirigida a personas y entidades establecidas fuera de Cataluña, así como el seguimiento regular de las emisiones radiofónicas y televisivas de la Corporación Catalana de Radio y Televisión.

f) Las informaciones y gestiones necesarias para el reconocimiento de los derechos en el ámbito de la seguridad social y la acción social en Cataluña.

g) El derecho a disponer de una credencial o carné expedido por la Generalidad que acredite su pertenencia a una entidad de las comunidades catalanas del exterior, de acuerdo con los criterios de homologación que se establezcan por reglamento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-01-20.

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