Artículo. 12.
Artículo 12 de la Ley 16/1990, de 13 de julio, sobre régimen especial del Valle de Arán. · BOE-A-1990-19959
Atención: Ley 16/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Para la elección de los Consejeros generales podrán presentar candidaturas los partidos, federaciones o coaliciones legalmente registradas, o los mismos electores de cada terçon avalados por un número no inferior al 3 por 100 del censo electoral del mismo terçon.