Artículo 12. Entidades organizadoras.
Artículo 12 de la Ley 15/1997, de 25 de junio, de Ordenación de Actividades Feriales de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1998-7945
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-07-07.
Texto consolidado
Las actividades feriales podrán ser organizadas por:
a) Instituciones feriales.
b) Otras entidades organizadoras.