Artículo 12. Personal.
Artículo 12 de la Ley 14/1997, de 26 de diciembre, de Medidas de Gestión Administrativa y Financiera y de organización de la Generalidad. · BOE-A-1998-8203
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-01-01.
Texto consolidado
El personal al servicio del Instituto Valenciano de Estadística será funcionario o laboral en los mismos términos y condiciones que las establecidas para la Administración de la Generalidad.