Artículo 12. Personal.
Artículo 12 de la Ley 13/2009, de 22 de julio, de la Agencia de la Vivienda de Cataluña. · BOE-A-2009-13565
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-08-27.
Texto consolidado
1. El personal de la Agencia de la Vivienda de Cataluña se rige por el derecho laboral, salvo los puestos de trabajo que, con relación a la naturaleza de su contenido, y especialmente si comportan el ejercicio de potestades públicas, queden reservados al personal funcionario público.
2. Para la provisión de las plazas reservadas a funcionarios mencionadas en el apartado 1, pueden ser adscritos a la Agencia de la Vivienda de Cataluña funcionarios de la Administración de la Generalidad, o de otras administraciones públicas, de acuerdo con lo que dispone la normativa aplicable en materia de función pública.