Artículo 12. Límites a la actividad voluntaria.
Artículo 12 de la Ley 12/2019, de 11 de octubre, del Voluntariado de Extremadura. · BOE-A-2019-15519
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-10-16.
Texto consolidado
La actividad voluntaria tendrá los siguientes límites:
a) La realización de actividades de voluntariado no podrá ser causa justificativa de extinción del contrato de trabajo.
b) La realización de actividades de voluntariado no podrá sustituir a las Administraciones públicas en el desarrollo de funciones o en la prestación de servicios públicos a los que están obligadas por ley.