Artículo 12. Ámbitos de actuación.
Artículo 12 de la Ley 11/2022, de 29 de diciembre, de mejoramiento urbano, ambiental y social de los barrios y villas. · BOE-A-2023-3125
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-31.
Texto consolidado
Pueden obtener la financiación del Fondo de Recuperación Urbana, Ambiental y Social de Barrios y Villas de Atención Especial los programas memoria de intervención integral que incorporen actuaciones en cada uno de los siguientes ámbitos:
a) Transformaciones físicas: urbanismo, vivienda y eficiencia energética.
b) Transición ecológica: emergencia climática, infraestructura verde y economía circular.
c) Acción sociocomunitaria: reducción de las desigualdades, equidad de género, salud, educación y economía.