Artículo 12. Reposición e indemnización.
Artículo 12 de la Ley 1/2023, de 16 de marzo, de la potestad sancionadora de las Administraciones Públicas Vascas. · BOE-A-2023-9167
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-06-27.
Texto consolidado
1. Las responsabilidades administrativas que se deriven del procedimiento sancionador serán compatibles con la exigencia a las personas responsables de la reposición a su estado originario de la situación alterada por la infracción, así como con la indemnización por los daños y perjuicios derivados de la infracción, que será determinada y exigida por el órgano al que corresponda el ejercicio de la potestad sancionadora.
2. De no satisfacerse la reposición o la indemnización en el plazo que al efecto se determine, se seguirá el procedimiento previsto en las normas reguladoras del procedimiento de apremio.