Artículo 12. Flexibilidad.
Artículo 12 de la Ley 1/2009, de 27 de febrero, reguladora de la Mediación Familiar en la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-2009-5491
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-09-13.
Texto consolidado
El procedimiento de mediación deberá desarrollarse de manera flexible, adaptándose a la situación concreta a tratar, si bien respetando las normas mínimas establecidas en la ley como garantía de calidad.