Artículo 12. Capacidad económica de la unidad familiar.
Artículo 12 del Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía · BOJA-b-2017-90529
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-04-30.
Texto consolidado
A fin de determinar el derecho a percibir la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, se tendrá en cuenta la capacidad económica de la unidad familiar en su conjunto, configurada por los ingresos imputables a la misma y su patrimonio, en el mes de presentación de la solicitud.
Se modifica por la disposición final 1.2 del Decreto-ley 10/2020, de 29 de abril. Ref. BOJA-b-2020-90135#df
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2020-90135.