Artículo 12. Órgano competente para la ordenación, instrucción y resolución.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-04.
Texto consolidado
Será competente para la ordenación, instrucción y resolución del procedimiento de concesión de las ayudas reguladas en el presente Capítulo la persona titular de la Dirección General competente en materia de trabajo autónomo.
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