Artículo 12.
Artículo 12 del Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas. · BOE-A-1972-426
Atención: Decreto 584/1972 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las instalaciones radioeléctricas aeronáuticas, a que se refiere este Decreto, se clasifican en los siguientes grupos:
I. Comunicaciones.
II. Ayudas a la navegación aérea.