El Vínculo El Vínculo.
Acuerdo Internacional Vigente

Artículo 12. Libre disposición de fondos.

Artículo 12 del Aplicación provisional del Convenio de sede entre el Reino de España y la Organización Mundial del Turismo, hecho en Madrid el 25 de junio de 2015. · BOE-A-2015-8565

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-11-16.

Texto consolidado

1. Para el cumplimiento de sus fines, la Organización podrá tener fondos, oro o divisas de toda clase y llevar sus cuentas en cualquier moneda. Igualmente podrá recibir y transferir libremente sus fondos, oro o divisas y convertir a cualquier otra moneda las divisas que tenga en su poder.

2. España ayudará a la Organización a obtener las condiciones más favorables para sus operaciones de cambio y transferencias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-11-16.

Más artículos de BOE-A-2015-8565

En El Vínculo puedes leer BOE-A-2015-8565 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.