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Decreto Legislativo Vigente 5 redacciones

Artículo 12.9-1. Hecho imponible.

Artículo 12.9-1 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-10-17.

Texto consolidado

1. Constituye el hecho imponible de la tasa:

a) La emisión de las declaraciones de impacto ambiental.

b) Las resoluciones que determinan la aplicación o la no aplicación a un proyecto del procedimiento de evaluación de impacto ambiental. Se incluyen las resoluciones relativas a los proyectos que afectan espacios de la Red Natura 2000 y las relativas a los proyectos de pequeñas instalaciones eólicas definidas en el Decreto 147/2009, de 22 de septiembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos aplicables para la implantación de parques eólicos e instalaciones fotovoltaicas en Cataluña.

2. No están sujetas a esta tasa las actividades que requieren autorización ambiental, de acuerdo con lo establecido por la Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades. Tampoco están sujetos a esta tasa los proyectos públicos promovidos por las administraciones públicas de Cataluña ni los proyectos privados de turismo rural y actividades agrícolas, forestales y ganaderas situados en espacios incluidos en la red Natura 2000 o en el Plan de espacios de interés natural.

3. Se establece una bonificación del 75 % del importe de la cuota por los servicios a los que hace referencia el apartado 1 para los planes y proyectos de gestión forestal y los proyectos de roturaciones en municipios de alto riesgo de incendio forestal, y del 100 % para los planes y proyectos de gestión forestal con objetivos de prevención de incendios forestales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-10-17.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 5 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2026-561.

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