Artículo 12.28-1 Hecho imponible.
Artículo 12.28-1 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.
Texto consolidado
Constituye el hecho imponible de la tasa el servicio de resolución de las solicitudes de exención de medición de los focos con un potencial contaminador bajo sobre la atmósfera a que se refiere el apartado 2 del artículo 27 del Decreto 139/2018.