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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 12.27-1 Hecho imponible.

Artículo 12.27-1 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

Texto consolidado

Constituye el hecho imponible de la tasa el servicio de inscripción en el Registro de instalaciones de combustión medianas, previsto en el Real decreto 1042/2017, de 22 de diciembre.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

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