Artículo 12.20-2. Sujeto pasivo.
Artículo 12.20-2 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-14.
Texto consolidado
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas que solicitan la expedición de la autorización para la captura en vivo de aves fringílidas para concursos de canto.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2015-3637.