Artículo 12.1-2. Sujeto pasivo.
Artículo 12.1-2 del Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. · DOGC-f-2008-90017
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-14.
Texto consolidado
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas que solicitan la expedición de la licencia y la matrícula para la caza.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2015-3637.