Artículo 119. Nombramiento de persona con funciones de Secretaría e Instrucción.
Artículo 119 de la Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de Salud de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2015-1239
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-30.
Texto consolidado
1. El nombramiento de instructor recaerá en personal inspector farmacéutico de servicios sanitarios.
2. El nombramiento de secretario recaerá en personal funcionario licenciado en derecho, que preste sus servicios como técnico jurídico en la dirección territorial en la que se produjeron los hechos que motivaron la iniciación del expediente.
3. La propuesta de nombramiento de secretario e instructor corresponderá a la inspección farmacéutica de servicios sanitarios.
Se añade por el art. 75.1 del Decreto-ley 14/2025, de 26 de diciembre. Ref. DOGV-r-2025-90320