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Ley Vigente

Artículo 118. Resolución.

Artículo 118 de la Ley 3/2021, de 29 de julio, de Servicios Sociales de la Región de Murcia. · BOE-A-2021-21315

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-08-30.

Texto consolidado

1. La resolución que ponga fin al procedimiento sancionador será motivada y resolverá todas las cuestiones pertinentes planteadas en el expediente.

2. En todo caso, la resolución final deberá manifestarse expresamente sobre:

a) La ratificación de las medidas cautelares, a fin de garantizar la eficacia de la resolución en tanto sea ejecutiva, o la revocación de las mismas, en su caso.

b) La obligación de reposición de la situación a su estado originario.

c) La determinación de indemnización de daños y perjuicios derivados de la infracción cometida.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-08-30.

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