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Ley Vigente

Artículo 116. Deberes de las personas menores de edad internadas en centros.

Artículo 116 de la Ley 7/2023, de 10 de marzo, de Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2023-8710

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-14.

Texto consolidado

Las personas menores de edad internadas en centros para el cumplimiento de medidas judiciales se atendrán a los deberes recogidos en el artículo 57 de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-04-14.

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